validez del acto administrativo jurisprudencia

67.3 de la misma Ley, que admite la convalidación de actos incursos en incompetencia jerárquica, lo que no es posible para los actos nulos de pleno derecho. Lo anterior es así, porque el acto del que emana proviene de la esfera y voluntad del Congreso de la Unión y, por ende, sólo debe ser refrendado por el citado Secretario, de ahí que el artículo 92 constitucional sólo instituya el refrendo para los actos del Presidente de la República. PARA QUE SE ANALICEN ES INNECESARIO QUE SE MENCIONE EL NOMBRE DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL QUE SE ESTIMA VIOLADO. Pero dicha presunción puede ser desmontada mediante la estimación de los recursos administrativos y contencioso-administrativos o mediante la revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho o la revocación de oficio de actos anulables no declarativos de derechos. Un ejemplo de ello es la orden de devolución de una vía pública a su estado primitivo, cuando la misma no se había modificado (STS de 19 de mayo de 2000, RJ 2000\4363) o la orden de derribo de una construcción que no se ha llegado a construir o que ya ha sido derribada. Debido proceso administrativo y validez del acto administrativo. REQUISITOS DE VALIDEZ. La presentación del recurso resultó oportuna, ya que fue interpuesto dentro del término de diez días previsto en el artículo 86 de la Ley de Amparo. Que en los preceptos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo impugnados de inconstitucionales se estableció indebidamente a favor de la autoridad una figura notoriamente contraria al sistema de las garantías individuales consagrado en la Carta Magna, al presumir legales sus actos con lo cual se otorga a la autoridad un notorio estado de ventaja tanto procesal como de fondo, en lugar de obligarla a someterse a la ley, para que funde y motive adecuadamente sus actos, tal y como lo exige la Constitución Federal. Una cosa es la validez del acto administrativo y otra cosa es su obligatoriedad, eficacia o fuerza vinculante. Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta, sin que puedan perseguirse otros fines distintos; --- IV. El acto administrativo válido será eficaz y exigible a partir de que surta efectos la notificación legalmente efectuada. SECRETARIO: aLBERTO MIGUEL RUIZ MATÍAS. Los razonamientos anteriores resultan todavía más claros mediante el análisis de lo que constituye la materia o contenido del decreto promulgatorio de una ley. De ahí que el afectado, por un acto administrativo que se presuma legal, puede desvirtuar dicha presunción a través de los medios de prueba conducentes que sean reconocidos por la instancia que sea procedente y por ende, justamente en el procedimiento que se siga, deberán ser observadas las formalidades esenciales. La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos identifica a los actos administrativos de efectos generales cuando en su artículo 13 establece: "Ningún acto administrativo podrá violar lo establecido en otro de superior jerarquía; ni los de carácter particular vulnerar, aun cuando fueren dictados por autoridad igual o superior a la que dictó la disposición general" (subrayado nuestro). En este sentido, la validez de las interpretaciones pueden ser comprobadas aplicando la misma lógica de razonamiento experimental: observación, hipótesis y experimentación. --- Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior, el acto administrativo por el cual se otorgue un beneficio al particular, caso en el cual su cumplimiento será exigible por éste al órgano administrativo que lo emitió desde la fecha en que se dictó o aquélla que tenga señalada para iniciar su vigencia; así como los casos en virtud de los cuales se realicen actos de inspección, investigación o vigilancia conforme a las disposiciones de ésta u otras leyes, los cuales son exigibles a partir de la fecha en que la Administración Pública Federal los efectúe.” “ARTÍCULO 10. Son jurídicamente ineficaces los conceptos de violación. Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de las personas; --- XIII. Por tanto, debe ser la autoridad la que demuestre la legalidad de sus actos y no la Ley la que los presuma. El Subprocurador Fiscal Federal de Amparos en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, hizo valer los siguientes agravios. Categoría: ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO Elementos esenciales respecto de los cuales depende la validez y eficacia del acto administrativo. Del estudio de los agravios precisados en los incisos a), b) y c) del considerando tercero se advierte que son fundados, pues contrariamente a lo determinado por el Tribunal Colegiado del conocimiento se estima que los conceptos de violación analizados por él no son inoperantes; en primer lugar, porque la quejosa señaló como artículos violados el 1°, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en segundo término, precisó que los preceptos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigentes en el año dos mil siete, contravienen tales preceptos. El acto administrativo será válido hasta en tanto su invalidez no haya sido declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional, según sea el caso.” “ARTÍCULO 9. En términos de lo establecido por el Pleno de la Suprema Corte en su sesión del veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en el artículo 3°, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en el segundo párrafo del artículo 9° del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de le Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. ÿÿ ÿÿ ÿÿ ¤ V V V V V V V j ²O ²O ²O 8 êO Q ” j ñ ª ¦Q ¦Q ¼Q ¼Q ¼Q —R —R —R ½ ½ ½ ½ \ r½ €" òß €" r $ › h � – V ôf —R —R ôf ôf – V V ¼Q ¼Q Û « Rm Rm Rm ôf T V ¼Q V ¼Q ½ Rm ôf ½ Rm Rm 2 `… ì V V Ȉ ¼Q šQ ğ™?›DÇÉ ²O Hk Ğ L‡ . En cambio, las relaciones de supra a subordinación son las que se entablan entre gobernantes y gobernados, por actuar los primeros en un plano superior a los segundos, en beneficio del orden público y del interés social; se regulan por el derecho público que también establece los procedimientos para ventilar los conflictos que se susciten por la actuación de los órganos del Estado, entre ellos destaca, en el ámbito ordinario, el procedimiento contencioso administrativo y los mecanismos de defensa de los derechos humanos, mientras que en el parámetro constitucional, el juicio de amparo. Meritocracia . MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, I., El Régimen Jurídico del Nuevo Procedimiento Administrativo Común . 404 y ss. Registro: 191,384, Jurisprudencia, Novena Época, Instancia: Pleno, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, toma XII, agosto de 2000, Tesis: P./J. --- Lo anterior, en virtud de que la peticionaria del amparo se limita a citar esos dispositivos atacados, y hace después una referencia a los preceptos constitucionales 1º, 14 y 16, que dice consagran las garantías de legalidad, adecuada fundamentación y motivación y de debido proceso legal, pero no expresa razonamiento alguno tendente a justificar que lo dispuesto en los señalados artículos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, contrarían dichos numerales de la Constitución Federal. Las consideraciones externadas con antelación respecto de las reglas procesales imperantes en el juicio contencioso administrativo federal, también son idóneas para declarar infundados los conceptos de violación en la parte en la cual se aduce que los artículos 42, primera parte, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 68, primera parte, del Código Fiscal de la Federación, vigentes en el año dos mil siete, violan la garantía de debido proceso, contemplada en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues como ya se puso de relieve los particulares que consideren afectados sus derechos por la emisión de un acto o resolución administrativo o fiscal con toda libertad pueden acceder a los órganos jurisdiccionales, en el caso específico al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para hacer valer sus derechos y defender sus intereses de forma efectiva y en condiciones de igualdad procesal; pues en la ley que regula el juicio contencioso administrativo se les permite alegar y probar en éste lo que a sus derechos e intereses convenga, a dicho Tribunal se le impone la obligación de decidir todos y cada uno de los puntos controvertidos, así como tomar en cuenta los argumentos de los gobernados y valorar como en derecho corresponde las pruebas ofrecidas por ellos; razones por las cuales se reitera que los preceptos cuestionados no violan la garantía de mérito. Arroyo Zapatero L., De la lucha contra la esclavitud y la trata de blancas a la proscripción del tráfico de seres humanos. PRESIDENTE MINISTRO JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. La última condición subjetiva de validez del acto administrativo se encuentra en la necesidad de que el titular del órgano reúna una serie de condiciones subjetivas, cuya eficacia invalidatoria, es sin embargo . AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 251/2009 PAGE 80 " # + , - . Por acuerdo de doce de marzo del año en curso, el Presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió dicho recurso. La motivación como elemento de validez del acto administrativo en la jurisprudencia del Tribunal de Contrataciones del Estado. Si bien ya contaba con la validez del art. Por tanto, las expropiaciones consideradas como tales por los órganos jurisdiccionales penales al aplicar el citado precepto penal dan lugar a actos nulos de pleno derecho. Artículo 57.1 "Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa". Ser expedido sujetándose a las disposiciones relativas al procedimiento administrativo previstas en esta Ley; --- VIII. Una cosa es la validez del acto administrativo y otra cosa es su obligatoriedad, eficacia o fuerza vinculante. Lo anterior, debido a que la notificación del auto admisorio del recurso de revisión a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su carácter de tercera perjudicada, se realizó mediante el oficio SSGA-VIII-5655/2009 el veinte de febrero de dos mil nueve, por lo que tal notificación surtió sus efectos el día hábil siguiente, es decir, el lunes veintitrés y por consecuencia el plazo de cinco días precitado transcurrió del martes veinticuatro de febrero al lunes dos de marzo del año en curso, descontando de tal cómputo los días veintiocho de febrero y primero de marzo, por ser inhábiles. Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento. E) Diversos razonamientos lógico jurídicos vertidos en los conceptos de violación son los siguientes: “En el presente caso dicha presunción de validez consagrada en los preceptos impugnados por inconstitucionales permite a la responsable no valorar ni considerar adecuadamente las pruebas ofrecidas por la hoy quejosa y no tomar en cuenta que el contribuyente queda en un notorio estado de indefensión ante esta presunción de validez del acto de autoridad que deja al particular en un notorio estado de indefensión y sujeto a la absoluta arbitrariedad del funcionario público, que abusando de este principio puede cometer todo tipo de actos arbitrarios, cuya validez se presume, en base a las disposiciones impugnadas. 3. Toggle navigation Inicio. Por lo tanto, expresados los hechos del caso, y la lesión que se estima se recibió, es posible que el juzgador examine cuál es el derecho aplicable.” (No. Página: 162). Se declara sin materia la revisión adhesiva interpuesta por el Secretario de Hacienda y Crédito Público. Otra corriente de opinión, estimaba, que la noción de acto administrativo, debía quedar limitada a los actos emanados de los órganos administrativos, posición esta recogida por el legislador. En efecto, cuando el particular niega lisa y llanamente los hechos de los cuales deriven los actos o resoluciones impugnados a la autoridad que los emitió corresponde la carga de la prueba, esto es, se le reinvierte la misma. 68/2000, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 38, sostuvo que es suficiente que en alguna parte de la demanda de garantías se exprese con claridad la causa de pedir, señalando cuál es la lesión o agravio que el quejoso estima le causa el acto, resolución o ley impugnada y los motivos que originaron ese agravio, sin que deba hacerse con formalidades tan rígidas y solemnes, como es el silogismo, para que el juzgador emprenda su estudio. D) Actos de ejecución forzada. 139/2005. B) Conservación de elementos de actos viciados. --- Ahora bien, por cuestión de técnica se estudiará y resolverá en primer lugar el concepto de violación cuarto, en el que se cuestiona la inconstitucionalidad de ley, para posteriormente estudiar los restantes argumentos esgrimidos en los conceptos de violación, que se refieren a la legalidad del acto reclamado. “Artículo 42. . Valencia, 2009. La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en su artículo 7, define el acto administrativo de la manera siguiente: "Se entiende por acto administrativo, a los fines de esta Ley, toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la Ley, por los órganos de la Administración Pública". c) Diversos razonamientos lógico jurídicos vertidos en los conceptos de violación y que no estudió adecuadamente el Tribunal Colegiado, es el siguiente: “En el presente caso dicha presunción de validez consagrada en los preceptos impugnados por inconstitucionales permite a la responsable no valorar ni considerar adecuadamente las pruebas ofrecidas por la hoy quejosa y no tomar en cuenta que el contribuyente queda en un notorio estado de indefensión ante esta presunción de validez del acto de autoridad que deja al particular en un notorio estado de indefensión y sujeto a la absoluta arbitrariedad del funcionario público, que abusando de este principio puede cometer todo tipo de actos arbitrarios, cuya validez se presume, en base a las disposiciones impugnadas. Una segunda posición consideraría que los reglamentos deben quedar incluidos en la definición de acto administrativo, ya que el legislador no hizo ningún tipo de distinción y no puede ser hecha por el intérprete. VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO; Término; Metadatos; VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO Términos genéricos. con esto pues, se debe acoger el criterio orgánico o subjetivo para determinar el acto administrativo, pero no es suficiente, es necesario entonces, ya hemos dicho, que no todos los actos jurídicos que emanan de una Administración Pública son actos administrativos, y entonces hay que completar el criterio orgánico con el criterio material del ejercicio de la potestad administrativa otorgada y por último de acuerdo con la forma y requisitos establecidos por la legalidad o el ordenamiento jurídico (criterio formal). OCTAVO. En concatenación con todo lo anterior, es necesario precisar que la eficacia del acto de mérito está relacionado con lo dispuesto en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, cuyos textos son: “ARTÍCULO 8. En efecto, en la materia de dicho decreto se aprecian dos partes fundamentales: la primera se limita a establecer por parte del Presidente de la República, que el Congreso de la Unión le ha dirigido una ley o decreto cuyo texto transcribe o reproduce y la segunda a ordenar su publicación para que la ley aprobada por el Congreso de la Unión pueda ser cumplida u observada. JURISPRUDENCIA 1. El recurrente en vía de agravios, esencialmente, argumenta lo siguiente: a) En la sentencia que se impugna indebidamente se estima que los conceptos de violación son inoperantes porque según el a quo se refieren a situaciones particulares y no se cumple con el requisito de expresar razonamientos lógico jurídicos orientados a evidenciar que las disposiciones impugnadas son contrarias a los preceptos constitucionales invocados como violados. Fundamentación, consiste en que el acto de autoridad debe apoyarse en una norma jurídica general y abstracta que sea exactamente aplicable al caso concreto de que trate, cabe advertir que la fundamentación implica citar un artículo, fracción, e inciso aplicables que se refiera tanto al contenido del acto como a la competencia de la autoridad y las facultades del servidor público que emita el acto respectivo. --- Lo anterior en vista de que la quejosa se concreta a señalar los efectos que a su criterio produce el ejercicio de tal presunción a favor de los actos de autoridad, como es el que ésta ya no tenga que fundar y motivar sus actos para con ello sostener la legalidad de los mismos, que se le deja sujeto a la arbitrariedad de las autoridades, que abusando de este principio puede cometer actos de ese tipo, y dan a la autoridad un estado de ventaja procesal y de fondo en lugar de obligarla a someterse a la ley fundando y motivando sus actos pues con ellas se pretende establecer un sistema de privilegio exacerbado a favor de la autoridad administrativa, contrariándose la tutela de las garantías individuales. Causa legal de responsabilidad, este requisito sólo es exigible para las resoluciones administrativas que determinen la responsabilidad solidaria. Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento. Conforme a ese criterio, es innecesario que el quejoso señale por su nombre el principio constitucional que estima violado, pues basta que exprese su contenido esencial o la nota que lo caracterice para que el juzgador constitucional deba analizar si la norma o acto impugnado lo transgreden.” (No. Se trata de aquellos que lesionen los derechos proclamados en los artículos 14 a 29 de la Constitución y el derecho de objeción de conciencia reconocido en su artículo 30 (art. V. Estar firmado, este requisito está previsto implícitamente en el artículo 16 constitucional, al exigir la existencia del “Mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento”; luego, para que un acto de autoridad tenga validez es necesario que contenga la firma, ya sea autógrafa o electrónica avanzada (esta última actualmente de acuerdo a los adelantos de la técnica) de quien lo emitió, pues sólo así se sabrá con certeza si procede de autoridad competente y que ésta es responsable de su contenido, con lo cual se dará certeza jurídica al gobernado. Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent. En consecuencia, es infundado el argumento, en razón de que la presunción de legalidad a que aluden los artículos impugnados no necesariamente puede derivar en un perjuicio para los gobernados y menos aún en una posterior privación a sus garantías, ya que el quejoso mediante la instauración de algún medio de defensa puede desvirtuarla. Hildegard Rondón de Sansó, afirma que esta norma tiene una redacción contradictoria de las reglas de la generalidad y de la jerarquía, cuando expresa que de la atenta lectura de esta disposición y su análisis combinado con las que establecen la jerarquía de los actos administrativos, nos revelan que en realidad han sido establecidas dos reglas de aplicación: Primera regla: Los actos administrativos han de atender a la jerarquía establecida, en forma tal que los de menor rango no pueden derogar a los de rango superior... Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso. ©2023 vLex.com Todos los derechos reservados, VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Materia(s): Común. Magistrado Ponente: Román Duque Corredor. Jurisprudencia del artículo 315 del Código Civil.- Disposición de . Hacer constar por escrito y con la firma autógrafa de la autoridad que lo expida, salvo en aquellos casos en que la ley autorice otra forma de expedición; --- V. Estar fundado y motivado; --- VI. d) Que el a quo no estudió el concepto de violación en el cual se argumentó que el proceso legislativo del cual derivó el Decreto de Aprobación, Promulgación y Publicación de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de diciembre de dos mil cinco, específicamente, por lo que se refiere al artículo 42 de dicha Ley, adolece de una violación formal en virtud de que sólo fue refrendada por el Secretario de Gobernación, razón por la cual no cumple con lo dispuesto en el artículo 92 constitucional, porque en acatamiento a éste debió ser refrendado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y por todos los demás Secretarios de Estado, en virtud de que la Ley precitada se relaciona con los asuntos fiscales y con todo tipo de asuntos administrativos. De acuerdo a lo anteriormente expuesto por el autor, cuando no se demuestre la invalidez de un acto administrativo, dicho . La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.” “Artículo 14. Ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del acto; --- IX. Esta presunción lleva a entender que las resoluciones emitidas por las autoridades fiscales se pronunciaron de acuerdo con los requisitos legales, salvo prueba en contrario ante los tribunales administrativos o las autoridades correspondientes. El Acto Administrativo Dictado por Funcionario No Competente [Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III]ii Voto de mayoría: "III. Previamente abordar el estudio de los conceptos de violación de mérito es necesario hacer las precisiones siguientes: En principio se precisa que al acto administrativo, la doctrina lo define como “un acto jurídico, una declaración de voluntad, de deseo, de conocimiento y de juicio, unilateral, externa, concreta y ejecutiva, que constituye una decisión ejecutoria, que emana de un sujeto: la Administración Pública, en el ejercicio de una potestad administrativa, que crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situación jurídica subjetiva y su finalidad es la satisfacción del interés general”(Derecho Administrativo, Andrés Serra Rojas, Edit. de jurisdicción que se den en las obligaciones, intereses o en derechos. Por todo esto no es posible que el legislador cree disposiciones legales que otorguen a los actos de la autoridad una presunción de legalidad, pues ello va en contra de ese espíritu del Constituyente porque notoriamente trastoca y contradice el sistema de garantías individuales consagrado en los artículos 1°, 14 y 16 de nuestra Carta Magna. De igual manera, la existencia del acto administrativo está ligada a su vigencia, la cual se da por regla general desde el momento mismo de su expedición, condicionada, claro está, a la publicación o notificación del acto, según sea de carácter general o individual. LA IMPUGNACIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD DE DISPOSICIONES LEGALES PRECISA DE REQUISITOS MÍNIMOS A SATISFACER.’ (Se transcribe). SEGUNDO. --- Como se observa, la sentencia definitiva con la que culminó el juicio de nulidad, se sustentó en los preceptos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, como ya se adelantó en párrafos precedentes. Para dar respuesta al concepto de mérito es necesario acudir a la clasificación que la Teoría General del Derecho hace de las relaciones jurídicas de coordinación, supra a subordinación y supraordinación. La competencia, es la facultad de un órgano del Estado de actuar dentro de los límites establecidos en la Ley Suprema del país, o en la norma secundaria, o por disposición de éstas en un reglamento o en un acuerdo de delegación de facultades. Registro: 172,577, Tesis aislada, Novena Época, Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XXV, mayo de 2007, Tesis: 2a. Ahora bien, del análisis de la sentencia recurrida se advierte que el a quo omitió estudiar el concepto de violación de mérito, pues no hizo ningún pronunciamiento respecto a si el Decreto impugnado es violatorio o no del artículo 92 constitucional, pues en cuanto a los temas de inconstitucionalidad sólo analizó el concepto de violación en el cual se tildaron de inconstitucionales los preceptos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigentes en el año dos mil siete, pero nada dijo en cuanto a si el Decreto cuestionado es inconstitucional o no. 62.1 (aunque en su apartado final se remite a otras normas con rango de Ley, para completar dicha tipificación); el vicio de anulabilidad por desviación de poder, en su art. La ejecutividad de los artículos 68 y 42 cuestionados devienen indispensable pues, de no consignarse expresamente esa posibilidad, el ente administrativo no podrá ejecutar los actos o resoluciones administrativos o fiscales sino hasta después de haber obtenido resolución jurisdiccional favorable que se lo permita. El mismo tratadista se remite a la jurisprudencia del Consejo de Estado cuando argumenta que ―…La presunción de legalidad es iuris tantum. En este orden de ideas, se colige que los actos administrativos y los fiscales se caracterizan por ser actos jurídicos de derecho público, provenientes de una entidad de la administración pública o algún otro órgano estatal en ejercicio de la función administrativa o fiscal, y persiguen, de manera directa o indirecta, mediata o inmediata, el interés público. --- Que la presunción de validez consagrada en los preceptos que impugna de inconstitucionales permite a la responsable no valorar ni considerar adecuadamente las pruebas ofrecidas por la quejosa y no tomar en cuenta que el contribuyente queda en un notorio estado de indefensión y sujeto a la arbitrariedad del funcionario público. A continuación, compartimos un extracto de su clase donde el profesor hablar de los requisitos de validez del acto administrativo. La falta de mención del precepto exactamente aplicable no es bastante para estimar inexistente o inoperante el concepto de violación, ya que el artículo 79 de la Ley de Amparo autoriza al juzgador a suplir el error en la cita o invocación de la garantía violada, tanto en su denominación como en el precepto constitucional que la contenga. administrativo como entidades que se encuentran dentro de las normas del. Porrúa, S. A., pág. cial en el acto administrativo, se puede a rmar (61) HERNÁNDEZ Y RODRÍGUEZ, Sergio . Elementos y Validez del Acto Administrativo... 2 JURISPRUDENCIA . Cuarto: En cuanto a su contenido, el acto administrativo es como lo indica la definición legal, una declaración, es decir, una manifestación de voluntad, de conocimiento o de juicio, y cuyo contenido puede ser muy variado, siempre dentro de las facultades atribuidas a la Administración, de orden sancionatorio, autorizatorio, facultativo. Derecho Administrativo, que ocupa nuestro estudio, su ámbito de aplicación. Limitativo, etc. Dado que en nuestro Ordenamiento jurídico se contemplan infracciones del mismo consideradas meras "irregularidades no invalidantes", debemos entender por validez de los actos administrativos la no incursión de éstos en infracciones del Ordenamiento jurídico de carácter invalidante, las que pueden dar lugar a su anulación, que son las determinantes de "nulidad de pleno derecho" y las generadoras de "anulabilidad". 63.1; y los vicios de anulabilidad por defecto de forma y por haberse dictado el acto fuera del tiempo establecido, cuando concurren los criterios que detalla en su art. Tomo: XXII, diciembre de 2005. ), El acto administrativo, manifestación por excelencia de la actuación administrativa y elemento que conforma conjuntamente con la sentencia y el acto normativo la clásica trilogía de manifestaciones autoritarias atribuidas a los poderes del Estado encuentra su regulación en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Capitulo II De los Actos Administrativos) de las Disposiciones Generales. Por lo que, el decreto tildado de inconstitucional al ser precisamente un decreto que proviene del Presidente de la República cuya finalidad es publicar en el Diario Oficial de la Federación una ley emitida por el Congreso de la Unión, sólo requiere la firma del Secretario de Gobernación para su vigencia y obediencia. jurisprudencia admite, como en la STS de 28 de noviembre de 1986, Ar. QUE DEBE ENTENDERSE POR.’, la sustentada por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito identificada como: ‘GARANTÍA DE DEBIDO PROCESO LEGAL CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL. Inconforme con dicha sentencia, la parte quejosa, mediante escrito presentado el diez de febrero de dos mil nueve, interpuso recurso de revisión ante el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, quien en su oportunidad lo remitió a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ahora, es oportuno retomar el estudio del tema de inconstitucionalidad planteado respecto de los artículos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigentes en el año dos mil siete, para ello es relevante precisar que no deben ser analizados en forma aislada, sino de manera sistemática, el primero de ellos en relación con el precepto 38 del Código indicado y el citado en segundo lugar en armonía con el numeral 38, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, porque ésta y la Ley citada con antelación forman un sistema jurídico, pues ambas regulan el procedimiento administrativo. CUARTO. --- III. Conste. En esta tesitura, se considera que el acto administrativo en sentido estricto es válido cuando reúne los requisitos instituidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Según el efecto que producen los actos, se clasifican en: A) Actos que favorecen, aumentan o amplían facultades, posibilidades o los poderes de los particulares. ACEPTAR, I. --- La necesidad de cubrir dichos requisitos fue determinada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. Los conceptos de violación orientados a evidenciar la contravención a los artículos 1°, 14 y 16 constitucionales, en síntesis, son los siguientes: A) Que los artículos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigentes en el año dos mil siete, son inconstitucionales, porque a través de ellos se pretende establecer un sistema de privilegio a favor de la autoridad administrativa, violando todo el espíritu del sistema de garantías individuales establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso. En otros términos, la ejecutoriedad del acto o resolución administrativo deriva de su carácter público, lo cual se constituye en una virtual potestad imperativa o de mando, con que se haya investido el Estado, al cual pertenece la autoridad administrativa, integrante de la Administración Pública Federal. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. A la hora de precisar cuáles son los vicios de invalidez, debemos tener en cuenta que la Ley 30/1992 establece tanto delimitaciones positivas como negativas de tales vicios y de las denominadas irregularidades no invalidantes, en sus arts. De acuerdo con esa Teoría, las relaciones de coordinación son las entabladas entre particulares, en las cuales éstos actúan en un mismo plano, es decir, en igualdad, por lo que para dirimir sus diferencias e impedir que se hagan justicia por ellos mismos, se crean en la ley los procedimientos ordinarios necesarios para ventilarlas; dentro de este tipo de relaciones se encuentran las que se regulan por el derecho civil, mercantil, agrario y laboral. Pero califica negativamente como meras "irregularidades no invalidantes" los últimos vicios citados cuando no concurren los criterios indicados. Tanto la doctrina del Consejo de Estado como la jurisprudencia del Tribunal Supremo destacan que tal incompetencia ha de ser notoria, ostensible, que salte a primera vista, que sea apreciable sin esfuerzo. Los actos por razón de su contenido se clasifican en: a) Actos de trámite, que están formados por una serie de actos que no tienen el carácter de resolutivos, pues simplemente se concretan a preparar una resolución administrativa o un propósito administrativo sin afectar ningún derecho. La parte quejosa estimó violadas, en su perjuicio, las garantías individuales contenidas en los artículos 14, párrafos segundo, y cuarto, 16, párrafo primero, y 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por inexacta aplicación de los artículos 38, fracción IV, 68, 134, 137, del Código Fiscal de la Federación; 42, 52, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. 62.1, letra c). --- En cuanto a los restantes argumentos que aduce la quejosa en la primera parte del cuarto concepto de violación, debe calificarse de inoperante el planteamiento de inconstitucionalidad que hace valer en torno a los numerales 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. LOS ARGUMENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO SON INOPERANTES SI SE APOYAN EN SITUACIONES PARTICULARES O HIPOTÉTICAS (LEGISLACIÓN VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2007)’ (Se transcribe). Entre las diversas garantías contenidas en el segundo párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sustento de la garantía de audiencia, está la relativa al respeto de las formalidades esenciales del procedimiento, también conocida como de debido proceso legal, la cual se refiere al cumplimiento de las condiciones fundamentales que deben satisfacerse en el procedimiento jurisdiccional que concluye con el dictado de una resolución que dirime las cuestiones debatidas. La STS de 16 de diciembre de 2004, RJ 2005\594, FJ 3.º, por ejemplo, aprecia dicha incompetencia, en un caso en que el acto fue dictado por el Alcalde en lugar de por el Pleno del Ayuntamiento, cuando el precepto legal aplicable exigía además determinada mayoría del último órgano citado. Se modifica la sentencia recurrida en los términos del considerando sexto de esta ejecutoria. 1. . Becas, capacitaciones y certificados . NOVENO. --- Artículos que se aplicaron en perjuicio de la quejosa en la sentencia reclamada, considerando que la Sala Fiscal determinó que con las pruebas aportadas al juicio, la actora no logró desvirtuar la presunción de legalidad de los citatorios de diecisiete de mayo de dos mil siete y actas de notificación de dieciocho de los mismos mes y año, pues son actos de autoridades fiscales que se presumen legales en términos de los artículos 68 del Código Fiscal de la Federación y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. RDP, No. Las relaciones de supraordinación son las que se establecen entre los órganos del propio Estado, en las que éstos actúan en un plano de igualdad superior, por encima de los particulares; regulándose también por el derecho público que establece mecanismos de solución política y jurisdiccional, destacando en este último rubro, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad que señala el artículo 105, fracciones I y II, de la Constitución General de la República. La presunción de legalidad importa, en sustancia . 2.3.7. Firman el Ministro Presidente y el Ministro Ponente, con el Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala, que autoriza y da fe. Por otro lado, de la literalidad del art. Con el fin de fortalecer las consideraciones anteriores es preciso mencionar que el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que sólo basta con la firma del Secretario de Gobernación para que se cumpla con lo estipulado en el artículo 92 constitucional. Fallado el día veintidós de abril de dos mil nueve, en el sentido siguiente: PRIMERO. 62.1, letra d). Similares consideraciones a las precedentes sustentó esta Sala al resolver la contradicción de tesis 175/2003-S.S. Aunado a lo anterior se precisa que en el precepto en comento se prevé la presunción de mérito pero no la presunción de la existencia de los hechos que motiven esos actos y resoluciones si aquéllos son negados lisa y llanamente por el afectado, por lo que el propio numeral, lógicamente, impone la obligación, a la autoridad fiscal, de probar tales hechos si se produce esa negativa, siempre y cuando la misma no implique, a su vez, una afirmación. - Determina las materias propias de cada autoridad y establece los límites de las personas jurídicas públicas y los órganos administrativos. Por otra parte, del análisis del agravio inserto en el inciso d) del considerando tercero precedente con vista a la demanda de garantías y la sentencia recurrida se advierte que es fundado, en virtud de que el hoy recurrente en el segundo concepto de violación del apartado de inconstitucionalidad argumentó que la aprobación, promulgación y publicación del Decreto en el cual se contiene el artículo 42 la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, publicado el primero de diciembre de dos mil cinco, adolece de una violación formal, porque fue refrendado únicamente por el Secretario de Gobernación, no obstante de que dicha Ley se relaciona con los asuntos fiscales y con todo tipo de asuntos administrativos, razón por la cual por lo menos debió de haber sido refrendada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, incluso también por todos los demás Secretarios de Estado. 5. Sólo así cabe diferenciar entonces, la categoría jurídica de los actos administrativos de los otros actos jurídicos emanados de la Administración Pública o de otro órgano del Poder Público(2011.31). www.unicef.cl. B) Actos destinados a limitar o reducir los derechos que restringen la esfera de los particulares. Uso de la firma electrónica avanzada, ésta se empleará cuando el acto conste en un documento digital y también en las resoluciones contenidas en documentos impresos, a los cuales se les plasmará un sello expresado en caracteres, generado mediante el uso de dicha firma, la cual se ampara con un certificado vigente a la fecha de la resolución. --- c) Los razonamientos lógico jurídicos que pretenden demostrar que la disposición impugnada resulta contraria a la hipótesis normativa del precepto constitucional, en cuanto al marco de su contenido y alcance. C) Que en los preceptos 68 y 42 impugnados lejos de establecer un límite a la actuación de la autoridad, como lo hace todo el sistema de garantías individuales y todos los precedentes reiterados del Poder Judicial Federal, inconstitucionalmente se le concedió un privilegio, tal y como ha llamado la doctrina a este tipo de disposiciones que benefician y ponen en un estado de notoria prepotencia a la autoridad en perjuicio del particular. En Los caminos de la armonización penal. (DEROGADA, D.O.F. Por tanto, conforme al artículo 16, párrafo primero, preinserto el acto administrativo debe ser emitido por un órgano competente, a través de un funcionario o empleado público con facultades expresas para ello, pues sólo así se respeta el principio de legalidad, según el cual, las autoridades del Estado únicamente pueden actuar cuando la ley se los permite, en la forma y términos en que la misma determina. En esta disposición, al prescribir que un acto administrativo de carácter particular no puede vulnerar lo establecido en una disposición normativa de carácter general, lo que está señalando es que un acto administrativo de efecto particular no puede derogar uno de efecto general, acogiéndose igualmente en la norma el Principio de la inderogabilidad singular de los reglamentos o de los actos administrativos de efectos generales.

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